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Docentes y servidores públicos deben presentar la proyección de gastos personales para el ejercicio fiscal 2026

Docentes y servidores públicos deben presentar la proyección de gastos personales para el ejercicio fiscal 2026


El Servicio de Rentas Internas (SRI), a través de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC23-00000020, establece las disposiciones que regulan la rebaja del Impuesto a la Renta por gastos personales para los trabajadores que perciben ingresos bajo relación de dependencia, entre ellos docentes y demás servidores públicos.

 

La normativa señala que esta rebaja se aplica con base en la proyección anual de ingresos, el registro de cargas familiares y los gastos personales estimados, información que es considerada por la institución empleadora para calcular las retenciones mensuales del impuesto durante el ejercicio fiscal.

 

Entre los gastos que pueden ser tomados en cuenta constan aquellos relacionados con vivienda, alimentación, salud, educación, vestimenta, turismo nacional, arte y cultura, así como pensiones alimenticias e intereses por préstamos destinados a vivienda, siempre que hayan sido realizados en el país y sin incluir impuestos indirectos como IVA o ICE.

 

En cuanto a las cargas familiares, estas comprenden a padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años de edad, o con discapacidad de cualquier edad, siempre que dependan económicamente del contribuyente y no generen ingresos gravados. La normativa establece que una misma carga familiar no puede ser declarada por más de una persona.

 

Para el ejercicio fiscal 2026, el límite máximo de gastos personales que puede ser considerado para la rebaja del impuesto varía según el número de cargas familiares. En el caso de no registrar cargas, el monto máximo asciende a USD 5.733,07, mientras que este valor puede incrementarse progresivamente hasta USD 16.380,20 cuando se declaran cinco o más cargas. En situaciones que involucren personas con discapacidad o enfermedades catastróficas, el tratamiento del beneficio es diferenciado.

 

La información declarada permite que las instituciones públicas, en su calidad de agentes de retención, proyecten el impuesto anual, apliquen la rebaja correspondiente y determinen el valor a descontar mensualmente a partir de febrero. En los casos en que un servidor público mantenga relación laboral con más de una entidad, la retención se efectuará considerando la consolidación de sus ingresos.

 

Finalmente, la resolución establece que los comprobantes de venta que respalden los gastos personales deberán ser conservados por un período de siete años, y que cualquier cambio en los ingresos, gastos o cargas familiares podrá ser considerado durante el año para el ajuste de las retenciones.

 


 

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