En febrero de 2026 los contribuyentes deben presentar el Anexo de Gastos Personales del período fiscal 2025
En febrero de 2026 los contribuyentes deben presentar el Anexo de Gastos Personales del período fiscal 2025
Durante febrero de 2026, las personas naturales en Ecuador deberán presentar el Anexo de Gastos Personales correspondiente al período fiscal 2025, un documento clave para acceder a la rebaja del Impuesto a la Renta, informó el Servicio de Rentas Internas (SRI).
El Anexo de Gastos Personales es un documento tributario en el que el contribuyente debe reportar todos los gastos realizados durante el año anterior, en este caso 2025, sustentados con facturas y notas de venta válidas. Este trámite se realiza directamente en el portal SRI en línea, con usuario y clave, y puede efectuarse de manera personal o con el apoyo de un asesor contable o tributario, especialmente cuando existen varias fuentes de ingreso, cargas familiares o dudas sobre los gastos deducibles.
El SRI recordó que el Anexo se presenta cada año en el mes de febrero. Así, en febrero de 2026 se declaran los gastos realizados en 2025, mientras que en febrero de 2027 se deberán reportar los gastos correspondientes a 2026.
La presentación del Anexo debe realizarse según el noveno dígito de la cédula o del RUC, conforme al siguiente cronograma:
Para las personas que trabajan en relación de dependencia, el Anexo de Gastos Personales permite al SRI verificar si el Impuesto a la Renta que fue retenido por el empleador durante 2025 —con base en la Proyección de Gastos Personales— fue el correcto. En marzo de 2026, la administración tributaria realizará los cruces de información entre la proyección y el anexo presentado.
Si el contribuyente gastó más de lo que proyectó, podrá solicitar una devolución del impuesto retenido en exceso. En cambio, si gastó menos de lo proyectado, deberá pagar la diferencia correspondiente.
En el caso de los trabajadores independientes o ‘freelancers’, que no estuvieron obligados a presentar la Proyección de Gastos Personales, solo deben presentar el Anexo en febrero de 2026. Con este documento podrán justificar sus gastos reales de 2025 y reducir el Impuesto a la Renta que deberán declarar posteriormente.
Una vez cumplida la presentación del Anexo, los contribuyentes que superen el umbral de ingresos deberán declarar el Impuesto a la Renta en marzo de 2026. Están obligadas a declarar las personas naturales que hayan percibido ingresos mensuales iguales o superiores a USD 1.017,33, o USD 12.208 al año. Quienes no alcanzaron ese monto están exentos de declarar y pagar este impuesto.
La declaración y, de ser el caso, el pago del Impuesto a la Renta en marzo también se realiza de acuerdo con el noveno dígito de la cédula o del RUC, conforme al siguiente cronograma:
Para los trabajadores en relación de dependencia, el empleador realiza retenciones mensuales del impuesto; sin embargo, la declaración anual de marzo permite ajustar el valor final, considerando las rebajas por gastos personales previamente reportadas. En el caso de los contribuyentes inscritos en el Rimpe, la declaración del Impuesto a la Renta se realizará en mayo, bajo tablas diferenciadas.
El SRI advirtió que no presentar el Anexo de Gastos Personales o no cumplir con la declaración del Impuesto a la Renta dentro de los plazos establecidos puede generar multas, intereses y la pérdida del derecho a las rebajas tributarias, por lo que recomendó revisar con anticipación la información y cumplir oportunamente con ambas obligaciones.
📰 SRI amplía plazos para declaraciones de impuestos por fallas tecnológicas
El Servicio de Rentas Internas (SRI) anunció una ampliación excepcional en los plazos para la presentación de declaraciones de impuestos cuyo vencimiento estaba previsto para el 16 de marzo de 2026.
La medida fue adoptada mediante la Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000013, luego de que se registraran intermitencias tecnológicas en las plataformas habilitadas para la recepción de declaraciones. Según la entidad, estos inconvenientes fueron ocasionados por la alta demanda de usuarios y el volumen de información procesada en esa fecha.
📅 Nuevas fechas según el noveno dígito del RUC
El SRI estableció un nuevo calendario sin aplicación de multas, recargos ni intereses:
- RUC terminado en 3: hasta el 25 de marzo de 2026
- RUC terminado en 4: hasta el 27 de marzo de 2026
La institución aclaró que esta prórroga busca garantizar que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias sin verse afectados por los problemas técnicos registrados.
⚠️ Recomendación a contribuyentes
El SRI recomienda a los usuarios no esperar hasta el último día para presentar sus declaraciones y utilizar los canales oficiales en horarios de menor congestión, con el fin de evitar inconvenientes adicionales.
Esta decisión refleja la necesidad de fortalecer la infraestructura tecnológica ante el creciente uso de servicios digitales en el país.




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