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LINEAMIENTOS DE USO DE TEXTOS ESCOLARES


LINEAMIENTOS DE USO DE TEXTOS ESCOLARES

ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00081-A

 CAPÍTULO I

OBJETO, ÁMBITO Y DEFINICIONES
Artículo 1.- Objeto.- El presente Acuerdo Ministerial tiene por objeto emitir los lineamientos generales de uso y optimización de textos escolares impresos y digitales dotados por el Ministerio de Educación a las niñas, niños y adolescentes, para la utilización de los mismos en instituciones educativas fiscales, municipales y fiscomisionales, de oferta ordinaria y extraordinaria.


Artículo 2.- Ámbito.- Los lineamientos generales de uso y optimización de textos escolares impresos y digitales, emitidos a través del presente Acuerdo Ministerial deben ser observados por las instituciones educativas de sostenimiento fiscal, fiscomisional y municipal, con oferta ordinaria y extraordinaria, que son beneficiarias de la entrega de textos escolares por parte del Ministerio de Educación.


Artículo 3.- Definiciones.- Para los efectos del presente Acuerdo Ministerial, se contemplan las siguientes definiciones:

Texto Escolar.- Es un recurso didáctico que sirve como una herramienta activa, tiene contenidos curriculares, actividades y recursos pertinentes que apoyan el aprendizaje significativo de los estudiantes, desarrollando sus conocimientos, destrezas y aptitudes propias de determinada asignatura.

Es una de las herramientas pedagógicas más importantes dentro del Sistema Educativo Nacional, ya que aporta directamente a los objetivos curriculares, tienen una importante trascendencia en la vida de la comunidad educativa y del país, pues a partir de éstos se construye la identidad nacional y la tradición oral, la cultura, y la formación intelectual y moral, entre otras transformaciones que se persiguen.

Tipos de textos escolares.- Los textos escolares son de dos tipos: 

1. Textos escolares digitales no fungibles.- Los textos escolares digitales no fungibles son todos aquellos que se encuentran en formato electrónico que pueden ser descargados de plataformas digitales para su posterior visualización, que contienen elementos didácticos y pedagógicos de acuerdo al currículo nacional de educación y al nivel educativo correspondiente. 


2. Textos escolares impresos:
Los textos escolares impresos que son distribuidos gratuitamente por el Ministerio de Educación en las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales con oferta ordinaria y extraordinaria, se clasifican en dos tipos:

a) Textos escolares fungibles: Son aquellos textos escolares impresos en cuyo interior el estudiante debe desarrollar actividades, por tal razón no pueden ser objeto de reutilización. Los textos escolares impresos que tienen esta característica son aquellos que se entregan a los estudiantes de 1º, 2º, 3º y 4º grado correspondientes a los subniveles de preparatoria y elemental de Educación General Básica.
Los textos escolares impresos considerados fungibles los conservará cada estudiante para que sean utilizados en la biblioteca familiar.

b) Textos escolares no fungibles: Son aquellos en cuyo interior no contienen actividades a ser desarrolladas, por lo tanto pueden ser reutilizados. Estos textos escolares impresos son entregados a los estudiantes de 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º grado de Educación General Básica; y, a los estudiantes de 1º, 2º y 3º curso de Bachillerato General Unificado.

CAPÍTULO II
TEXTOS ESCOLARES DIGITALES

Artículo 4.- De la Autoridad Educativa Nacional.- La Autoridad Educativa Nacional colgará en la página web y demás plataformas del Ministerio de Educación, los textos escolares digitales no fungibles para todos los niveles educativos de oferta ordinaria y extraordinaria, y garantizará que los mismos se encuentren disponibles para la comunidad educativa, durante todo el año escolar para su revisión y descarga.

Artículo 5.- Necesidad de textos escolares digitales.- Las madres, padres y/o representantes legales de los estudiantes de las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales, podrán manifestar de manera voluntaria el deseo de que sus hijos o representados utilicen textos escolares digitales no fungibles y no reciban por parte de la Autoridad Educativa Nacional los textos escolares impresos no fungibles.

Esta manifestación deberá ser entregada en la secretaría de las institución educativa a través del formulario denominado “Formulario de autorización de uso de textos escolares digitales”, que estará disponible en la página web y demás plataformas del Ministerio de Educación y anexo al presente Acuerdo Ministerial.

Las madres, padres y/o representantes legales de los estudiantes que se encuentren dentro del Sistema Educativo podrán entregar este formulario antes de finalizar el año lectivo.

Las madres, padres y/o representantes legales de los estudiantes que ingresen por primera vez a una institución de sostenimiento fiscal, fiscomisional y municipal, deberán entregar este formulario a través de los mecanismos y en el tiempo que la Autoridad Educativa Nacional determine.

CAPÍTULO III
DE LA REUTILIZACIÓN DE LOS TEXTOS ESCOLARES NO FUNGIBLES

Artículo 6.- Reutilización.- La reutilización de textos escolares impresos es la acción que permite que los estudiantes de años subsiguientes, de la misma institución educativa, puedan volver a utilizar los denominados textos escolares no fungibles, durante el tiempo que el Ministerio de Educación disponga su vigencia.

Artículo 7.- Finalidad de la reutilización.- La reutilización de los textos escolares impresos no fungibles, tiene como finalidad:

1. Contribuir a la conservación y sostenibilidad del ambiente;

2. Disminuir la erogación de recursos en la impresión de textos escolares no fungibles;

3. Promover la solidaridad y el trabajo colaborativo como valor social;

4. Promover el cuidado de los textos escolares impresos no fungibles como valor educativo, ambiental y cultural;

5. Educar en el consumo racional y sostenible;

6. Sensibilizar en el aprovechamiento y la reutilización de los recursos; y,

7. Fomentar el trabajo articulado entre docentes, estudiantes, madres, padres y/o representantes legales de los estudiantes.

Artículo 8.- Almacenamiento de textos escolares.- Los textos escolares impresos entregados a los estudiantes deben ser almacenados en el mobiliario que para el efecto disponga la institución educativa.

Al finalizar el año escolar, el docente de cada asignatura deberá recibir los textos escolares impresos no fungibles que los estudiantes del grado o curso a su cargo entregarán de manera voluntaria, y verificará el estado de conservación de los mismos y los entregará al docente tutor del grado o curso para que los almacene, a fin de que el siguiente año lectivo puedan ser reutilizados.

En caso de existir textos escolares impresos deteriorados, con falta de legibilidad en la lectura, falta de páginas, escritos que no permita la lectura, con hojas rotas, u otras causas que impiden su reutilización, la institución educativa y el Distrito Educativo deberán aplicar lo establecido en el Manual de Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Ministerio de Educación, para realizar el manejo adecuado de estos textos.



CAPÍTULO IV 
DE LAS ACCIONES DE SENSIBILIZACIÓN

Artículo 9.- Sensibilización del cuidado de los textos escolares impresos.- Las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales, beneficiarias de la entrega de textos escolares impresos por parte del Ministerio de Educación, a través de las autoridades y personal docente, se encargarán de difundir las acciones de sensibilización del cuidado que los estudiantes deben dar a los textos escolares que reciben.

Artículo 10.- Fomento del uso de textos escolares digitales.- La Autoridad Educativa Nacional a través de sus unidades desconcentradas, los directivos y docentes de las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales deberán fomentar el uso voluntario de textos escolares digitales no fungibles, de acuerdo a la infraestructura y recursos tecnológicos que posea cada una de las instituciones educativas.

Artículo 11.- De los docentes tutores de grado/curso.-
Los docentes tutores de grado/curso de las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales, deberán:

1. Sensibilizar en el aula los objetivos de la reutilización de los textos escolares impresos y el uso de textos escolares digitales no fungibles; 

2. Concientizar a los estudiantes, sobre normas básicas para el cuidado del texto escolar, como: no rayar ni manchar los textos escolares, almacenar los libros cuando éstos no vayan a ser utilizados, protegerlos con forros para disminuir el deterioro y rotular los libros sobre los forros, con la información básica del estudiante para evitar pérdidas; esto conllevará a una adecuada reutilización de los textos escolares dentro y fuera del salón de clases; 

3. Concientizar a los estudiantes, sobre el respeto, cuidado y uso de los equipos electrónicos que los alumnos por medio de sus representantes hayan accedido voluntariamente al uso de textos escolares digitales no fungibles; 

4. Distribuir los textos escolares impresos de cada una de las asignaturas a los estudiantes de su grado o curso; y,

5. Verificar que los estudiantes que han accedido voluntariamente al uso de textos escolares digitales no fungibles, dispongan del texto que corresponde a cada asignatura y nivel. 

Una vez finalizado el año lectivo, deberán:

1. Recibir los textos escolares impresos no fungibles, que de manera voluntaria entreguen los estudiantes a los docentes responsables de cada asignatura;

2. Contar con el detalle del número de textos escolares impresos no fungibles, devueltos voluntariamente por los estudiantes de acuerdo a cada asignatura, señalando el estado de conservación de los mismos; y,

3. Almacenar los textos escolares impresos no fungibles en el mobiliario que para el efecto disponga la institución educativa.

Artículo 12.- De los estudiantes.- Los estudiantes de las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales, beneficiarias de la entrega de textos escolares, deberán:

1. Conservar, mantener, guardar y custodiar los textos escolares impresos y digitales, entregados por la Autoridad Educativa Nacional;

2. Hacer buen uso de los textos escolares impresos y digitales que reciben;

3. Mantener forrados y rotulados sobre los forros los textos escolares impresos que recibieron en la institución educativa;

4. Mantener los textos escolares impresos en condiciones óptimas, sin subrayar, pintar, escribir ni rayar en el libro de texto no fungible;

5. Mantener los textos escolares impresos con todas sus páginas, sin arrancarlas;

6. Mantener los textos escolares impresos sin recortar las imágenes;

7. Cuidar los equipos electrónicos que se utilicen dentro del aula de clases para los textos escolares digitales no fungibles, que previamente han sido solicitados de manera voluntaria; y,

8. Al finalizar el año lectivo, junto al docente de cada asignatura, evaluará el estado de conservación de los textos escolares impresos no fungibles, y los entregará voluntariamente al docente responsable porasignatura. 

Artículo 13.- De los padres de familia.- Las madres, padres y/o representantes legales de los estudiantes de las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales, deberán: 

1. Brindar el apoyo necesario para que sus representados mantengan en buen estado los textos escolares impresos que entrega el Ministerio de Educación, dentro y fuera de la institución educativa, cuando estos por algún motivo son llevados por el estudiante;

2. Fomentar el cuidado de los equipos electrónicos utilizados en las aulas de clases; y,

3. Apoyar en el proceso de sensibilización de los objetivos de la reutilización de los textos escolares impresos y el uso voluntario de textos escolares digitales no fungibles. 

Artículo 14.- Reposición de los textos escolares.- La Autoridad Educativa Nacional realizará la reposición de textos escolares impresos, en los siguientes casos:

a) Por falta de textos escolares impresos a entregarse a los estudiantes matriculados en el año lectivo por matrícula continua;

b) Por deterioro de los mismos; y,

c) Por finalización de la vigencia de los textos escolares impresos. 

CAPÍTULO IV
TEXTOS ESCOLARES IMPRESOS VIGENTES DE EDICIONES ANTERIORES

Artículo 15.- Textos escolares actuales.- Los textos escolares impresos de ediciones actuales serán distribuidos y entregados conforme lo dispuesto en el “Manual de Operaciones y Logística de Recursos Educativos”, emitido por la Subsecretaría de Administración Escolar.

Artículo 16.- Textos escolares de ediciones anteriores.- Los textos escolares impresos de ediciones anteriores podrán ser de dos tipos:

a) Textos escolares impresos vigentes.- Los sobrantes de textos escolares impresos de años lectivos anteriores, cuya edición se encuentra en vigencia de acuerdo al currículo nacional, podrán ser utilizados tanto en la oferta ordinaria como en la oferta extraordinaria de educación en cualquiera de los regímenes Sierra-Amazonía o Costa.

b) Textos escolares impresos en desuso.
- Los textos escolares impresos de años lectivos anteriores, que hayan quedado en desuso por ajustes en el contenido total de la malla curricular, pasarán a formar parte del fondo bibliográfico de cada una de las instituciones educativas fiscales, fiscomisionales y municipales, y servirán como apoyo pedagógico para la comunidad educativa.

En caso de existir textos escolares impresos que, por su utilización constante, se encuentren deteriorados, y que no puedan ser utilizados, los directivos de las instituciones educativas deberán realizar los trámites administrativos en el Distrito Educativo al que pertenecen, para proceder a dar de baja estos bienes observando para el efecto el procedimiento determinado en el Manual de Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Ministerio de Educación; y, del Reglamento General para la Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del sector público, emitido por la Contraloría General del Estado. 





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