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FINALIZACIÓN DEL PROCESO DE ESCALAFONAMIENTO DOCENTE


FINALIZACIÓN DEL PROCESO DE ESCALAFONAMIENTO DOCENTE


Mediante MEMORANDO NRO. MINEDUC SPDE – 2023 – 01709 – M, el Ministerio de Educación da por finalizado el proceso de escalafonamiento docente. 

 

CONTEXTO:

 

Para alcanzar óptimos niveles de calidad en la educación ecuatoriana, se requiere que la intervención en el ámbito educativo sea de carácter integral. En este sentido, alineados a los ejes de trabajo del Ministerio de Educación en especial al Cuarto Eje “Fuertes”: el cual está centrado en el bienestar de los maestros y la flexibilización de la educación, es indispensable contar con mejores profesionales implementando las reformas adecuadas dentro del sistema educativo, que permitan articular a todos los actores educativos a fin de alcanzar los objetivos trazados. 

 

Como es de su conocimiento el Ministerio de Educación con fecha 10 de mayo de 2023 el Ministerio de Educación inició el proceso de escalafonamiento docente el cual tuvo como objetivo cumplir con lo determinado en la Disposición Transitoria Trigésima Tercera de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) que indica lo siguiente:  “ En el plazo de un año, a partir de la publicación de la presente Ley en el Registro Oficial, los docentes que son parte del magisterio por más de 25 años y cuenten con los requisitos de profesionalización y capacitación docente serán escalafonados bajo la categoría que según esta Ley le corresponda.”; lo cual fue  puesto en conocimiento con memorando MINEDUC-SDPE-2023-00553-M de 10 de mayo de 2023. 

 

Adicionalmente, resulta indispensable recalcar que el proceso de escalafonamiento estuvo dispuesto, exclusivamente para los docentes con nombramiento definitivo que son parte de la carrera educativa pública, por cuanto el escalafón docente a través de sus artículos 94.1 y 113 de la LOEI y 266 del RGLOEI, señala que únicamente se podrá ascender o recategorizarse a los docentes que se encuentran en la categoría de ingreso al magisterio (categoría G) producto de ser ganadores de un concurso de méritos y oposición. 

 

Es decir que, la Disposición Transitoria Trigésima Tercera de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), reformada estipula que los docentes con nombramiento permanente que son parte del magisterio por más de 25 años y que cuenten con los requisitos de profesionalización y capacitación, serán escalafonados bajo la categoría que le corresponda según la LOEI. Es así que, el Gobierno Central, a través del Ministerio de Educación, realizó diversas acciones para dar cumplimiento a la referida Disposición en los tiempos correspondientes, para lo cual desarrolló las siguientes acciones: 

 

·         Con memorando Nro. MINEDUC-SDPE-2023-00391-M de 12 abril de 2023, solicitó la certificación presupuestaria para la ejecución del proceso. 

 

·         La Dirección Nacional de Carrera Profesional Educativa en coordinación con la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (DNTIC) diseñaron un módulo de consulta que permitía a los docentes pertenecientes al magisterio fiscal verificar el cumplimiento de los 25 años de tiempo de servicio, según sus acciones de personal, esto con el fin de conocer cuáles son los docentes que cumplen con uno de los requisitos establecidos en la Disposición Transitoria Trigésima Tercera de la LOEI; así como también permitió generar actualizaciones en el Sistema de Gestión Docente. 

 

·         Diseño de la plataforma informática, que permitió el registro de los docentes que cumplían con más de 25 años de tiempo servicio en la carrera educativa pública, la cual, así mismo permitía ingresar información correspondiente a cursos de formación permanente. Una vez validada la información de cada docente la plataforma proponía una categoría a los docentes quienes podían aceptar o rechazar la misma o de ser el caso solicitar la validación de cumplimiento de requisitos. 

 

·         Emisión del Acuerdo Ministerial No. l MINEDUC-MINEDUC-2023-00016-A, el 24 de abril de 2023 y sus posteriores reformas, en los que se normó el proceso de escalafonamiento 

 

Así mismo, como es de su conocimiento con fechas 23 de mayo  y 26 de julio de 2023 esta cartera de Estado suspendió el proceso de escalafonamiento docente, esto debido a la cantidad de acciones judiciales interpuestas, las cuales tenían una constante petición ventilada en los juzgados y la misma radicaba en la aplicación únicamente de las titulaciones establecidas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural sin considerar lo establecido en su Reglamento, esto debido a que para ascender a la categoría “B” y a la categoría “A” se requiere contar con un título de maestría con trayectoria profesionalizante y maestría con trayectoria de investigación respectivamente, programas que no se encuentran vigentes ni regulados por el ente rector del Sistema Nacional de Educación Superior. 

  

Es así que, considerando que el Reglamento de Armonización de la Nomenclatura de Títulos Profesionales y Grados Académicos que confieren las Instituciones de Educación Superior del Ecuador, aprobado mediante Resolución RPC-SE-13-No.040-2021, fue derogado, y entre uno de los cambios principales en los que se encuentra que, como parte de la codificación de títulos no existe la codificación para las maestrías académicas con trayectoria en investigación, es decir, entrada la vigencia del Reglamento antes mencionado, no es procedente tomar en cuenta la trayectoria en investigación para la asignación de categorías dentro del proceso de escalafonamiento docente, tal como lo determina el Reglamento a Ley Orgánica de Educación Intercultural. 

  

En tal sentido, y conforme lo mencionado, existe una clara contradicción entre lo dispuesto en el Reglamento General a la LOEI y la Ley Orgánica de Educación Superior y demás normativa que rige el Sistema Nacional de Educación Superior, que hace inejecutable el proceso de escalafonamiento para las categorías A y B, lo que ocasiona un claro perjuicio en los derechos de los docentes participantes. 

   

Por tal motivo me permito informar que mediante sumilla inserta al Memorando Nro. MINEDUC-SDPE-2023-01690-M, el Viceministerio de Educación, autorizó dar de baja el proceso de escalafonamiento docente con el fin de garantizar los derechos de los docentes y generar una normativa y un aplicativo informático que permita ejecutar un proceso que se encuentre acorde con lo establecido en la normativa legal vigente

 

 


 




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